Medidas urgentes para reforzar el sistema eléctrico: qué cambia para ti
Índice
- Lo esencial del decreto
- Más control y transparencia del sistema
- Empuje al almacenamiento y a la repotenciación
- Plazos máximos para que la distribuidora ejecute nuevas acometidas
- Acceso y conexión: garantías y caducidades
- Legalización y puesta en servicio: más flexibilidad
- Cómo se calcula ahora la “potencia instalada”
- Cómo te afecta en la práctica (hogar, pyme, administración local)
- Conclusión
Tras la crisis eléctrica del 28 de abril, el Gobierno ha aprobado con medidas urgentes el Real Decreto 997/2025 con medidas para hacer la red más estable y ágil. Aquí te lo cuento en llano: qué trae la norma y cómo puede impactarte como hogar, pyme o ayuntamiento en Andalucía.
Lo esencial del decreto
El objetivo es reforzar resiliencia, robustez y estabilidad del sistema y simplificar trámites para que nuevos usos (como puntos de recarga) lleguen antes a la realidad. Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE (publicado el 6/11/2025).
Más control y transparencia del sistema
La CNMC publicará, en 3 meses y de forma trimestral, un informe sobre el control de tensión y completará en 9 meses un plan de inspección de capacidades de reposición (y desde ahí, cada 3 años). Serán públicos.
El Operador del Sistema (REE) debe analizar y proponer mejoras en 3–6 meses: amortiguar oscilaciones, regular la respuesta ante cambios rápidos de tensión, revisar inyección de potencia y servicios de ajuste, y fijar requisitos mínimos de monitorización (registros con muestreo ≥ 20 ms y sincronización horaria).
Impacto para ti: más seguimiento y datos para evitar incidentes y acortar recuperación tras fallos. No implica cambios inmediatos en tu factura, pero sí busca mayor calidad de suministro.
Empuje al almacenamiento y a la repotenciación
Baterías hibridadas en plantas ya evaluadas ambientalmente: exentas de evaluación ambiental simplificada si se ubican dentro de la poligonal ya evaluada. Además, se reducen a la mitad los plazos estatales de tramitación de autorizaciones.
Hoja de ruta de repotenciación en 9 meses para modernizar instalaciones y producir más con el mismo emplazamiento.
Impacto para ti: acelerar almacenamiento a gran escala ayuda a estabilizar precios en horas punta y da más juego a ofertas con energía renovable gestionable.
Plazos máximos para que la distribuidora ejecute nuevas acometidas
Cuando necesites nuevo suministro o ampliar potencia:
- BT sin ampliación: 5 días hábiles.
- Solo ampliación de BT: 30 días.
- Con 1 centro de transformación: 60 días.
- Con varios CT: 80 días.
(Para AT ≤ 66 kV a un único consumidor: 80 días).
Si la obra la hace el distribuidor, algunos plazos pueden incrementarse un 50%; si la ejecuta un instalador por cuenta del solicitante, la distribuidora debe revisar proyectos en 10 días y verificar la obra en 15 días tras notificación. Los tiempos administrativos de otros permisos no computan.
Impacto para ti: altas, aumentos de potencia y puntos de recarga deberían ir más rápidos si todos cumplen su parte.
Acceso y conexión: garantías y caducidades
Al pedir que te confirmen la garantía, (salvo excepciones) tendrás que indicar nudo/línea y tensión prevista; se aclara el tratamiento de almacenamientos.
Caducan los permisos de acceso de demanda > 1 kV si en 5 años no usas la capacidad (y otras causas de caducidad se concretan; plazos particulares en BT/AT).
Impacto para ti: se libera potencia “bloqueada” y puede haber más capacidad disponible para proyectos reales (pymes, recarga, industria).
Legalización y puesta en servicio: más flexibilidad
Durante 36 meses se permite flexibilizar la documentación para la autorización de explotación definitiva (alternativas a la FON/Notificación Operacional Definitiva en supuestos concretos). Objetivo: agilizar la entrada en servicio de proyectos en el límite de hitos.
Cómo se calcula ahora la “potencia instalada”
Se define con precisión la potencia instalada de generación y almacenamiento (inversores/transformadores como elementos limitantes; suma en paralelo) y, en bifaciales, se computa 1,15× la potencia de la cara frontal. Ojo: esta definición ya aplica para autorizaciones e inscripción en registro, pero no de forma general hasta que otro real decreto lo active expresamente.
Cómo te afecta en la práctica (hogar, pyme, administración local)
Si quieres un punto de recarga o aumentar potencia: tendrás plazos máximos claros para la distribuidora y para la revisión/aceptación cuando la obra la ejecute tu instalador. Útil para planificar aperturas, licitaciones o subvenciones.
Si eres pyme/industria con necesidad de potencia: puede liberarse capacidad por caducidad de permisos no usados; estate atento a nuevas ventanas de acceso.
Si compras energía/participas en comunidad energética: más almacenamiento y repotenciación deberían suavizar picos y mejorar la estabilidad del sistema a medio plazo.
Si desarrollas renovables: hibridar baterías dentro de la poligonal evaluada ahorra tiempo y trámites; revisa si tu proyecto encaja.
Aviso rápido: La norma es estatal y algunos trámites dependen de la administración competente. En Andalucía, conviene confirmar con la Junta y con tu distribuidora los detalles de aplicación. Este artículo no es asesoramiento legal.
Conclusión
El RD 997/2025 pone orden en plazos, empuja el almacenamiento y mejora el control técnico del sistema. Para el usuario final, esto se traduce en tramitaciones más ágiles (altas, aumentos de potencia, recarga) y en un sistema más estable. Si estás planificando inversión energética, es buen momento para revisar potencias, calendarios y oportunidades de acceso.



