Nuevo Real Decreto para regular el autoconsumo en España

El nuevo Real Decreto para regular el autoconsumo en España es una realidad

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Finalmente, este viernes, 5 de abril, se aprobaba el Real Decreto del Autoconsumo Energético lo que supondrá un “efecto positivo sobre la economía general, sobre el sistema eléctrico y energético y sobre los consumidores” según declaraba la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera.

El texto aprobado es muy similar a lo ya expuesto en el borrador del 29 de enero 2018, teniendo como novedad que se establecen plazos de respuesta para la correcta inscripción e información tanto a las distribuidoras como a las CC.AA y se eximen de contrato de servicios auxiliares a un notable número de instalaciones.

El nuevo Real Decreto contempla la figura del autoconsumo colectivo lo que sin duda favorece a las comunidades de vecinos e incluso permitirá instalar paneles fotovoltaicos en edificios próximos buscando la mejor orientación siempre y cuando haya acuerdo por todas las partes.

Pero sin lugar a duda, cabe destacar la compensación de excedentes para instalaciones no superiores a 100kW, lo que permitirá la compensación en la factura de la luz de la energía inyectada a la red.

Se simplifican las configuraciones de medida bastando en la mayoría de los casos con un solo contador en el punto de frontera, lo que también reducirá los costes.

Este RD reconoce entonces dos modalidades de autoconsumo:

  • Autoconsumo sin excedentes, para las que se instalará un mecanismo anti-vertido que impida la inyección.
  • Autoconsumo con excedentes en la que encontraremos:
  • Con excedentes acogida a compensación: pertenecerán a esta modalidad aquellos casos en los que cumpla con todas las condiciones necesarias:
    • Potencia total de la instalación inferior a 100kW.
    • Si resultase necesario realizar un contrato de suministro para servicios auxiliares de producción.
    • El consumidor y el productor hayan suscrito un contrato de compensación de excedentes.
    • La instalación de producción no tenga otorgado un régimen retributivo adicional o específico.
  • Con excedentes sin compensación: pertenecerán a esta modalidad todas aquellas instalaciones con excedentes que no cumplan con alguno de los requisitos.

Ahora más que nunca es el momento del autoconsumo solar, en una España que busca la forma de poner freno al cambio climático y a la pobreza energética, ofreciendo a los ciudadanos una alternativa ventajosa frente a al consumo de la energía tradicional.

Nuevos actores, nuevas formas de consumo, una nueva visión de futuro, porque el futuro es solar.

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