Las nuevas tarifas de la luz afectarán a todos los suministros. Parte II: las empresas
Como ya os comentábamos en artículo “Las nuevas tarifas eléctricas afectarán a todos los suministros. Parte I: en los hogares” a partir del 1 de abril de 2021 entrarán en vigor los cambios en el régimen tarifario. En este artículo os hablaremos de cómo afectarán las nuevas tarifas de la luz a las empresas.
Las instalaciones de más de 15kW que actualmente cuentan con tarifas 3.0A, 3.1A y 6.1, ahora pasarán a ser 3.0TD para los casos de baja tensión y 6.1TD para aquellas instalaciones de alta tensión.
Régimen tarifario
En el caso de las instalaciones con tarifas 3.0TD y 6.1TD, nos encontraremos con un régimen tarifario diferente por cada temporada, siendo estas 4 para la península:
- Temporada alta: enero, febrero, julio y diciembre.
- Temporada media alta: marzo y noviembre.
- Temporada media: junio, agosto y septiembre.
- Temporada baja: abril, mayo y octubre.
Estas nuevas tarifas diferencia también en función del día de la semana en el que nos encontremos e incluso la hora del día:
- Tipo-A: lunes a viernes no festivos de temporada alta.
- Tipo-B: lunes a viernes no festivos de temporada media alta.
- Tipo-B1: lunes a viernes no festivos de temporada media.
- Tipo-C: lunes a viernes no festivos de temporada baja.
- Tipo-D: sábados, domingos, festivos y 6 de enero.
¿Cuáles serán las nuevas penalizaciones por potencia?
La periodificación en potencia, será la misma que en energía, pasando a diferenciar entre 6 periodos.
El cambio mas importante es este y que para calcular la potencia mensual demandada y los excesos cometidos se tendrán en cuenta los 2.976 periodos cuartohorarios del mes (4x24x31) y no solo el máximo alcanzado como hasta ahora.
En la practica esto significa que cualquier usuario de autoconsumo con una tarifa 3.0/3.1/6.1 actual obtendrá un importante ahorro en el termino de potencia que paga actualmente de en torno al 10-20 % en función de su potencia actual contratada y sus hábitos de consumo.
En la tarifa 3.0TD habrá que diferencias entre las instalaciones que cuente con un equipo de medida tipo 4 (las de menos 50kW) y las de más. En el primer caso se deberán instalar los correspondientes contadores con telemedida que registren la potencia cuarto horaria máxima demandada en cada periodo, si queremos beneficiarnos de los ahorros generados gracias a esta medida.
Las tarifas 6.1TD seguirán serán penalizadas como hasta ahora siempre que tengan excesos cuartohorarios.
Con respecto a la energía reactiva se facturará en los periodos comprendidos entre el P1 y P5 aplicándose cuando la energía inductiva supere en un 33% a la energía activa.
IMPORTANTE: los clientes tendrán derecho a modificar y adaptar sus potencias a los nuevos periodos, aunque hubieran hecho un cambio hace menos de doce meses.
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1 Comment
hay que estudiar ingeniería eléctrica para entender y la memoria de Einstein para acordarse de todo