Subvenciones para placas solares Comunidad Valenciana [2023]

Subvenciones para la instalación de paneles solares en la Comunidad Valenciana [2023]

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Última actualización: 4 de enero de 2023.

Ahorrar en el recibo de la luz a través de la instalación de placas solares en la Comunidad Valenciana es una realidad cada vez más rentable.

Y es que las provincias de Alicante, Castellón y Valencia ofrecen una radiación solar que incrementa notablemente la producción fotovoltaica de las instalaciones. Unas características que redundan en una rápida amortización de la inversión.

La energía solar está viviendo en la Comunidad Valenciana una gran expansión a nivel residencial, comercial e industrial. Ciudanía y empresas han descubierto los beneficios que aporta el autoconsumo solar.

Unas ventajas que además del evidente ahorro en la factura cuando la instalación está en marcha, ahora añaden el respaldo de las distintas administraciones con la concesión de distintas ayudas y subvenciones para la instalación de paneles solares.

El Programa de ayudas al autoconsumo, almacenamiento e instalaciones térmicas renovables del Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico estableció una primera consignación presupuestaria de 67,3 M€ para el desarrollo de proyectos energéticos en la región valenciana.

La buena acogida de este paquete de ayudas al autoconsumo fotovoltaico hizo que se agotasen los fondos disponibles.

Con la reciente ampliación del programa de subvenciones, que gestiona el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, la Comunidad Valenciana ha sido uno de los territorios que ha visto incrementada su dotación para la puesta en marcha de nuevas instalaciones de autoconsumo solar y almacenamiento. Concretamente, la cantidad asignada es de 17 millones de euros.

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Programas de incentivos para autoconsumo fotovoltaico en la Comunidad Valenciana

En total, se contemplan seis tipos de incentivos:

  1. Programa de incentivos 1, para la realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  2. Programa de incentivos 2, para la realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
  3. Programa de incentivos 3, para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. En este caso, solo se consideran elegibles instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW. Las tecnologías plomo-ácido no son elegibles.
  4. Programa de incentivos 4, para la realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

La potencia máxima a incentivar en las instalaciones de autoconsumo eólicas o fotovoltaicas de los programas 1, 2 y 4 es hasta 5.000 kW.

  • Programa de incentivos 5, para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector. Solo se consideran elegibles instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW. Las tecnologías plomo-ácido no son elegibles.
  • Programa de incentivos 6, para la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial destinadas a la climatización y agua caliente sanitaria. Se incluyen las tecnologías solar térmica, geotérmica, hidrotérmica, aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) y biomasa.

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Bonificaciones en impuestos por poner placas solares en Madrid

Las bonificaciones del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y las del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), como son impuestos municipales, varían según lo estipulado por el ayuntamiento de cada localidad.

El IBI se puede bonificar durante varios años. La cuantía y los años de bonificación dependerá de cada Administración local, ya que son los ayuntamientos de cada localidad quienes establecen estos parámetros.

Si vives en determinados municipios, te podrás beneficiar de bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de hasta un 50% durante un máximo de seis años.

Concretamente, los municipios que ofrecen descuentos para la puesta en marcha de instalaciones fotovoltaicas son Alcázar de San Juan, Manzanares, Miguelturra, Puertollano y La Solana, en la provincia de Ciudad Real; Cuenca, Cabanillas del Campo y Guadalajara; Sonseca, Talavera de la Reina, Toledo y Torrijos, en la provincia de Toledo.

Por otro lado, el ICIO es un impuesto que se paga solo una vez, por lo tanto solo se puede bonificar una vez.

La deducción del IRPF por la instalación de paneles solares es otro de los impuestos que pueden estar sujetos a bonificaciones. Las deducciones oscilan entre el 20% y el 60%, en función de las características particulares de cada caso.

Descuento del IBI para instalaciones de paneles solares

Alicante

Municipio% BonificaciónAñosUso al que se aplicaLimitaciones
Albatera153Residencial
Alcoy504TodosMínimo 20% del suministro
de energía eléctrica
L’Alfàs del Pi255Térmico y eléctrico
Alicante503ResidencialPot> 5kWp/100m2 construidos
Altea253Residencial
Aspe305Residencial
Concentaina505Residencial
Denia105Residencial
Elche503ResidencialPot> 5kWp/200m2
Duración depende del
certificado energético
Elda10-504
Ibi505Todos
Jávea255Residencial
Mutxamel503Residencial
Novelda405Residencial
Orihuela505Residencial
Pego503Residencial
Petrer303Residencial
Santa Pola505Todos
San Vicente del Raspeig404Residencial, urbanaPot> 1kWp
Teulada503Residencial
Torrevieja503TodosPot> 5kWp/100m2 construidos
Villajoyosa255ResidencialMínimo 20% del suministro
de energía eléctrica

Castellón

Municipio% BonificaciónAñosUso al que se aplicaLimitaciones
Almassora253Residencial
Benicarló503
Benicàssim505ResidencialPot> 5kWp/vivienda
Bonificación máxima total 300€
Burriana203ResidencialMínimo 60% del suministro
de energía eléctrica
No conectado a la red
Castellón de la Plana50Máx. 10 añosTodosPot> 3kWp/100m2 construidos
Duración de la bonificación
depende del valor catastral
del inmueble
Onda203ResidencialMínimo 60% del suministro
de energía eléctrica
No conectado a la red
La Vall d’Uixó103TodosMínimo 60% del suministro
de energía eléctrica
No conectado a la red
Villarreal103ResidencialPot> 5kWp a partir de 90m2
Pot> 0,5kWp/10m2
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Valencia

Municipio% BonificaciónAñosUso al que se aplicaLimitaciones
Alaquàs155TodosPot> 1,5kWp/100m2
Alzira252Residencial
Bétera403
Canals252Residencial
Carcaixent505Residencial
Carlet303Todos
Catarroja505Residencial
Chiva503ResidencialPotencia mínima de 1,5 kW/100 m2 construidos
Godella403Térmico y eléctrico
Llíria504ResidencialMínimo 50% del suministro
de energía eléctrica
Oliva503TodosPot> 5kWp
Ontinyent252Residencial, incluye régimen de
propiedad horizontal
Pot> 2kWp/120m2 construidos
Paiporta503Residencial
Paterna505Máx. 20% del coste de instalación
Picaña501
Picassent153Sistemas FV min. de 1,5 kW/100 m2 construidos
La Alcudia405Residencial
La Eliana303ResidencialMáx. anual 180€ en FV
La Poble de Vallbona103ResidencialPot> 5kWp/100m2 construidos
Puzol504ResidencialPotencia mínima 3kW
Quart de Poblet103ResidencialPot> 5kWp/100m2 construidos
Riba-roja de Túria503
Sagunto3010Máx 10% coste material o 250€ en residenciales.
Máx. 4.000 € en otros usos
Sedaví103TodosPot> 5kWp/100m2 construidos
Silla20-502-5Hasta 10kW – 2 años – 20%.
Entre 10 y 100 kW – 3 años – 30%.
Más de 100 kW – 5 años – 50%
Torrent501Residencial, incluye régimen de
propiedad horizontal
Valencia503Pot> 5kWp/100m2 construidos
Xàtiva504ResidencialPot>1,85kWp
Xirivella105Todos

Bonificación del ICIO en la Comunidad Valenciana

  • Alacuás (Valencia): 45-90%.
  • Albal (Valencia): 75%.
  • Albatera (Alicante): 75%.
  • Alboraya (Valencia): 90%.
  • Alcácer (Valencia): 95%.
  • Alcora (Castellón): 95%.
  • Alcoy (Alicante): 95%.
  • Aldaia (Valencia): 95%.
  • Algemesí (Valencia): 50%.
  • Alginet (Valencia): 95%.
  • Alicante: 50%.
  • Almassora (Castellón): 95%.
  • Altea (Alicante): 95%.
  • Alzira (Valencia): 95%.
  • Aspe (Alicante): 30%.
  • Benaguasil (Valencia): 95%.
  • Benetúser (Valencia): 95%.
  • Benicarló (Castellón): 20%.
  • Benicàssim (Castellón): 95%.
  • Benissa (Alicante). 50%.
  • Bétera (Valencia): 50%.
  • Burjasot (Valencia): 95%.
  • Canals (Valencia): 80%.
  • Carcaixent (Valencia): 10%.
  • Castalla (Alicante): 95%.
  • Castellón: 95%
  • Catarroja (Valencia): 95%.
  • Cocentaina (Alicante): 95%.
  • Denia (Alicante): 50%.
  • Elche (Alicante): 95%.
  • Elda (Alicante): 50%.
  • Godella (Valencia): 95%.
  • Jávea (Alicante): 95%.
  • La Eliana (Valencia): 95%.
  • La Pobla de Vallbona (Valencia): 95%.
  • Liria (Valencia): 90%.
  • Manises (Valencia): 50%.
  • Meliana (Valencia): 95%.
  • Novelda (Alicante): 95%.
  • Nules (Castellón): 95%.
  • Onda (Castellón): 95%.
  • Ontinyent (Valencia): 95%.
  • Paiporta (Valencia): 95%.
  • Paterna (Valencia): 95%.
  • Picassent (Valencia): 95%.
  • Petrer (Alicante): 95%.
  • Pilar de la Horadada (Alicante): 50%.
  • Puzol (Valencia): 70%.
  • Quart de Poblet (Valencia): 50-95%.
  • Ribarroja de Turia (Valencia): 50%.
  • Sagunto (Valencia): 70%.
  • San Vicente de Raspeig (Alicante): 95%.
  • San Juan de Alicante (Alicante): 95%.
  • Santa Pola (Alicante): 95%.
  • Sedavi (Valencia): 80%.
  • Silla (Valencia): 50-95%.
  • Sueca (Valencia): 95.
  • Tavernes de la Valldigna (Valencia): 25%.
  • Teulada (Alicante): 30%.
  • Utiel (Valencia): 40%.
  • Valencia: 95%.
  • Villarreal (Castellón): 15%.
  • Xirivella (Valencia): 95%.
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Desgravación del IRPF por instalar placas solares

Las deducciones por instalación de paneles solares tienen como objetivo la mejora energética de viviendas y/o edificios. Concretamente, existen tres tipos de deducciones, recogidas en el Real Decreto-ley 19/2021:

Deducción del 20% para obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración al menos un 7%, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Las obras deberán realizarse sobre la vivienda habitual o sobre una vivienda en propiedad que haya sido alquilada antes del 31 de diciembre de 2023.
  • Las obras se llevarán a cabo entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.
  • La base máxima deducible será de 5.000 euros. Es decir, si las obras te han costado 7.000 euros, el 20% se aplicará sobre los primeros 5.000 y los 2.000 restantes no se podrán desgravar.
  • La deducción se practicará en el periodo impositivo posterior a la emisión del certificado de eficiencia energética, cuya expedición deberá tener lugar antes del 1 de enero de 2023.

Deducción del 40% para obras que mejoren el consumo de energía primaria no renovable. En este caso, los requisitos son los siguientes:

  • Las obras deberán reducir en al menos un 30% el indicador de consumo de energía renovable o bien conseguir una mejora de la calificación energética de la vivienda hasta la clase A o B.
  • Al igual que en el caso anterior, las obras tendrán que llevarse a cabo entre el 6 de octubre y el 31 de diciembre de 2022, en una vivienda habitual o arrendada antes del 31 de diciembre de 2023.
  • La base máxima de deducción se amplía en este caso hasta los 7.500 euros, aplicable también al periodo impositivo posterior al certificado de eficiencia energética, que deberá ser expedido antes del 1 de enero de 2023.

Deducción del 60% para obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominantemente residencial.

  • En este caso, será necesario demostrar que las obras han reducido el consumo de energía primaria no renovable como mínimo en un 30%, o bien que han mejorado la calificación energética del edificio para obtener una clase A o B.
  • Respecto a las deducciones anteriores, se amplía en un año el plazo de realización de las obras: desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
  • La deducción se podrá aplicar en los periodos 2021, 2022 y 2023, siempre que se obtenga el certificado de eficiencia energética después de las obras, con fecha de expedición anterior al 1 de enero de 2024.
  • La base máxima deducible será de 5.000 euros anuales, sin superar en total los 15.000 euros.

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